La COCEF y el BDAN se han fusionado. Para la información más reciente visite el Sitio de Transición del BDAN
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Elegibilidad básica

Los proyectos presentados para su desarrollo, certificación y financiamiento deben constituir un proyecto de infraestructura ambiental. En apego al Convenio Constitutivo original, la COCEF y el BDAN priorizarán aquellos proyectos que brinden el máximo de beneficios ambientales para la comunidad fronteriza.

Un proyecto de infraestructura ambiental se define como:

Un proyecto que: prevenga, controle o reduzca contaminantes ambientales, o mejore el abastecimiento de agua potable, o proteja la flora y la fauna, siempre y cuando dicho proyecto también: mejore la salud humana, o promueva el desarrollo sustentable, o contribuya a lograr una mejor calidad de vida.

Tipos de Proyectos

De conformidad con esta definición, la COCEF y el BDAN atienden proyectos que incluyen, de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes sectores:

Ubicación del Proyecto

Los proyectos deben estar ubicados en la región fronteriza entre México y Estados Unidos, misma que define el Convenio Constitutivo  COCEF/BDAN como aquella que comprende, en Estados Unidos, una franja de hasta 100 kilómetros de la línea divisoria entre México y los Estados Unidos, y en México, una franja de hasta 300 kilómetros de dicha línea divisoria. Los proyectos ubicados fuera de la región fronteriza pueden ser considerados cuando el Consejo Directivo decida que el proyecto puede remediar problemas transfronterizos ambientales o de salud.

Autoridad Legal

Para que un proyecto sea susceptible de certificación, deberá cumplir o ser capaz de cumplir con las leyes ambientales y otras leyes y  reglamentos del lugar en donde se ubique o ejecute, incluidos los permisos de funcionamiento, licencias y otros requisites reglamentarios aplicables a la adquisición de tierras y a los derechos de vía. Los promotores del proyecto deben tener la autoridad legal para desarrollar el proyecto, proporcionar los servicios propuestos, y/o recibir financiamiento. Asimismo, deberá documentarse la manera en la que el proyecto cumple con los tratados y convenios internacionales que resulten aplicables.

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